Panamá Promulga Ley que Prohíbe el Uso, Importación y Venta de Cigarrillos Electrónicos
El 30 de junio de 2022, el Presidente panameño Laurentino Cortizo firmó una ley que prohíbe el uso, importación y comercialización de sistemas electrónicos de administración de nicotina, cigarrillos electrónicos, vaporizadores, calentadores de tabaco y otros dispositivos similares, con o sin nicotina, en Panamá. La ley, conocida como Ley 315, fue inicialmente aprobada por la Asamblea Nacional el 19 de marzo de 2020, pero fue vetada por el Presidente.
El órgano legislativo reanudó la discusión del documento vetado en agosto del mismo año y lo aprobó nuevamente en tercer debate el 8 de julio de 2021. Casi un año después, el Presidente Cortizo ha dado su aprobación a la ley, que también prohíbe la compra en línea o promoción de estos dispositivos.
La ley establece una excepción para la importación de estos productos en zonas francas y áreas de libre comercio en Panamá, siempre que el propósito sea la exportación a un tercer país. La Autoridad Nacional de Aduanas está autorizada para inspeccionar, detener, incautar y suspender la venta de sistemas electrónicos.
La Asamblea Nacional Aprobó la Prohibición en Julio de 2021
El 8 de julio de 2021, la Asamblea Nacional aprobó el Proyecto de Ley 178 en su tercer debate, que prohíbe el uso, importación y comercialización de sistemas electrónicos de administración de nicotina, cigarrillos electrónicos, vaporizadores, calentadores de tabaco y otros dispositivos similares, con o sin nicotina, en Panamá.
El proyecto de ley, promovido por el Presidente de la Asamblea, Diputado Crispiano Adames, exige a los propietarios, gerentes o administradores de ambientes públicos y privados, tanto abiertos como cerrados, exhibir señales visibles que adviertan sobre la prohibición. Las señales deben indicar que el uso de tales sistemas electrónicos está prohibido y que las denuncias pueden realizarse al 311. Las señales deben medir al menos 8.5 por 14 pulgadas y estar colocadas a 1.5 metros sobre el suelo.
La nueva legislación antitabaco también establece que la compra en línea o promoción de estos dispositivos está prohibida, y que las personas naturales o jurídicas que realicen actividades de venta y promoción de estos dispositivos en Panamá serán sancionadas de acuerdo con las disposiciones del Código Sanitario.
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